Nuestras compras tendrán un plazo de devolución «indefinido» durante el Estado de Alarma

Debido al confinamiento, prácticamente cualquier tienda ha terminado cerrando, salvándose únicamente aquellas ligadas a los bienes de primera necesidad, supermercados y farmacias, y para evitar que la economía se resienta aún más, el Gobierno de España ha decretado la suspensión del plazo de desistimiento de una compra.

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Si bien este plazo es de 14 días, debido al confinamiento en los hogares, y al Estado de Alarma, ahora cualquier compra que realices, tanto online como física, tendrá un plazo de devolución indefinido. Según se indica, este plazo de 14 días se encuentra ahora mismo congelado y se reanudará una vez finalice el Estado de Alarma.

Debido a que está ya publicado en el BOE, la norma ya está aplicada.

Artículo 21. Interrupción del plazo para la devolución de productos durante vigencia del estado de alarma.

Durante la vigencia del Estado de Alarma o sus posibles prórrogas, se interrumpen los plazos para la devolución de los productos comprados por cualquier modalidad, bien presencial bien on-line. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma o, en su caso, las prórrogas del mismo.

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