Contrataciones de ADSL o móvil no se podrán «firmar» por teléfono

El Gobierno presentó este fin de semana las novedades que incorpora el Anteproyecto de Ley por la que se modifica Ley General para la Defensa de los Derechos de los Consumidores y Usuarios, siendo lo más destacado de este la modificación del proceso de la contratación a distancia de servicios como la telefonía móvil e Internet.

Con dicha modificación, cuando se contrate por ejemplo el ADSL o una línea móvil a través de una llamada telefónica de un comercial se deberá confirmar la contratación del servicio solicitado mediante un "soporte duradero", el cual se presenta en forma de papel, fax, email o por un mensaje SMS, descartando así la grabación consentida por teléfono y acabando con numerosas promesas por parte de los comerciales que luego son inexistentes.

Como anteriormente comentaba, gracias al uso del papel, fax, email o SMS el usuario tendrá detallado por escrito las características del producto a contratar, además de figurar el precio final del servicio para evitar "cargas encubiertas".

Por último, el desistimiento del contrato se amplía de 7 a 14 días, en el caso de que al usuario no se le informe de este echo correctamente, el plazo pasará automáticamente de las 2 semanas iniciales a un plazo de 12 meses, el cual se acompaña de un formulario de desistimiento común que facilita el ejercicio de este derecho

vía: La Moncloa

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